Claves para entender la nueva regulación de cannabis de uso industrial
la Presidencia expidió la Resolución 227 de 2022, con la cual se reglamenta el Decreto 811 de 2021, en el que se regula y establecen los lineamientos para el uso industrial de cannabis en el país.
Con esta normativa, se definieron los protocolos y mecanismos para la exportación de la flor seca de cannabis, así como el alcance de los usos industriales de ésta.
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA RESOLUCIÓN?
En este caso, el decreto busca establecer los requisitos de licencias y cupos, así como el uso de los componentes de la planta de cannabis en alimentos, bebidas y suplementos dietarios. A su vez, se establecen las condiciones en las que se podrá usar la planta con fines científicos, medicinales o industriales.
¿CÓMO SOLICITAR LA LICENCIA Y CUPO?
Este proceso se adelantará a través del Mecanismo de Información para el Control de Cannabis (MICC). De acuerdo con la modalidad de uso, se tramitirán las licencias en la respectiva entidad.
En ese abanico de posibilidades se encuentra el Invima y el Ministerio de Justicia y Derecho. Estas nuevas licencias no dejan de lado la fiscalización de cada caso.
¿CÓMO SOLICITAR LA EXTENSIÓN DE LA LICENCIA?
En el caso de aquellos que tienen una licencia por un periodo de 5 años, bajo el Decreto 613 de 2017, y quieren ampliar este permiso, deben presentar el pago correspondiente. A su vez, hace la diligencia 3 meses antes de que se venza la licencia.
¿CUÁNTOS CUPOS PUEDE SOLICITAR?
El número de licencias dependerá del alcance de las actividad que busque desarrollar con la planta de cannabis y la modalidad.
Los pequeños o medianos cultivadores son todas aquellas personas naturales con ingresos brutos anuales de hasta 3.500 Unidades de Valor Tributario (3.500 UVT). También debe contar con activos no mayores a 11.250 UVT.
¿QUÉ COMPONENTES DE LA PLANTA SE PUEDEN UTILIZAR?
Para la elaboración de alimentos, bebidas, bebidas alcohólicas y suplementos dietarios podrá utilizar el componente vegetal, grano y derivados no psicoactivos de cannabis.
En el caso de la exportación se podrán elaborar estos productos con CBD, cumpliendo con los requisitos del país de destino. La comercialización de este tipo de productos, en el territorio nacional, dependerá de la normativa del Ministerio de Salud.
¿QUÉ DEBE HACER PARA EXPORTAR CANNABIS?
- Haber solicitado la inclusión de la modalidad de exportación en la licencia de cultivo de cannabis psicoactivo.
- En caso de cannabis psicoactivo, haber solicitado el respectivo cupo.
- En caso de cannabis no psicoactivo no se requerirá de cupo y solo tendrá que indicar el número de radicado en la Ventanilla Única de Comercio Exterior
Este procedimiento solo aplica para fines científicos, mientras se expide la resolución sobre comercio exterior que estipulará las condiciones para el caso de uso comercial.